08 marzo, 2005

Según sea el muerto

Leo con un escalofrío la definición de terrorismo que al parecer va a proponer la ONU en la cumbre sobre el tema que se va a celebrar en Madrid en los próximos días. Curiosamente, Naciones Unidas no ha aprobado nunca una definición de terrorismo (personalmente me parece totalmente prescindible que lo haga, pero me sorprende que no exista) así que se han puesto manos a la obra y tienen a un grupo de expertos que han preparado un texto.

La propuesta es esta:

"Cualquier acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a un civil o un no combatiente cuando el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo".
Como me imagino que les ocurre a ustedes, me llama poderosísimamente la atención la diferencia que se hace entre tipos de víctimas, es decir, que para calificar un acto de terrorista sea necesario que se haga en contra de la población civil.

Uno piensa que lo importante del terrorismo no es si las víctimas son unas u otras, sino la naturaleza de los actos terroristas en sí: asesinatos por motivos políticos, atentados con bomba, secuestros… o en su defecto también puede ser útil para aclararnos quién lo haya cometido: el terrorismo es patrimonio de bandas armadas, no de ejércitos regulares y frente a la “publicidad” del soldado uniformado, que revela su condición militar, el terrorista se esconde y se aprovecha del anonimato.

Y por supuesto hay otro apartado igualmente útil para estos menesteres y que es en lo que se centra la segunda parte de la definición: la intención de un acto terrorista es, como bien indica su nombre, provocar el terror, algo que se puede hacer (y se hace) tanto asesinando civiles como militares o políticos.

Pero la ONU, que lleva unos lustros fatal, prefiere hacer distingos entre diferentes tipos de víctimas, algo que me parece moralmente reprobable y bastante complejo en la práctica porque, pongamos un ejemplo, ¿el atentado contra una casa cuartel de la Guardia Civil es o no terrorismo? Desde cierto punto de vista se puede considerar un “objetivo militar” pero suelen estar llenas de civiles… ¿o al ser familias de guardias son menos “civiles” que los demás?

¿Dónde se acaba cuando se empieza por distinguir entre tipos de víctimas?

ACTUALIZACIÓN: Efectivamente, como bien nos dice él mismo desde los comentarios pueden encontrar una reflexión muy interesante sobre este tema en Desde el exilio, el blog de Astur-Leonés.

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