El otro día escribíamos aquí sobre la “simpática” campaña de la Dirección General de Tráfico para concienciarnos de que casi todos los conductores somos una recua de despreciables asesinos en serie. El artículo, que fue enlazado desde un par de foros (gracias a quien lo haya hecho), generó cierta polémica y eso que no pretendía hablar más que de la campaña en sí, pero es que todo lo relativo a la conducción enciende los ánimos de la gente, es un hábito demasiado común y, además, demasiado relacionado con nuestra forma de ser.
Y dentro del apartado tráfico, sección “forma de conducir” hay un tema que es el que genera las máximas disputas y es, precisamente, del que quiero hablar hoy: la velocidad y los límites, que solamente está relacionado tangencialmente con artículo anterior del que les hablaba.
Los límites de velocidad en España se establecieron en 1974 y no como una medida de seguridad sino como parte de la lucha para rebajar el consumo de gasolinas y, por tanto, nuestra dependencia del crudo, objetivo muy loable sobre todo en plena crisis del petróleo. Por aquel entonces se estableció una velocidad máxima de 130 km/h para circular por autopistas, que en 1980 se reduciría a 120.
Ni que decir tiene que el parque automovilístico en la España de los 70 o los 80 era poco menos que patético (mi padre tenía un 1500 con el que era poco menos que el amo de la pista), del mismo modo que las propias carreteras distaban mucho del nivel de calidad de las actuales, sin que hoy por hoy sean la repera. Los límites de velocidad, por el contrario, no han cambiado desde entonces…
Por otra parte, el mismo límite suele ser válido para prácticamente todos los tramos de una vía, independientemente del estado de la vía, de la densidad del tráfico, o de que haya muchas o pocas curvas; en la autovía del mediterráneo, por ejemplo, debemos cumplir el mismo límite en la zona de curvas cercana a Arganda (muy virada) que en las rectas kilométricas cercanas a Albacete (alguna de unos 14 kilómetros de longitud y con visibilidad perfecta).
No sólo eso, el caso es que también debemos cumplir el mismo límite de 120 kilómetros por hora llevemos el vehículo que llevemos: un Porsche 911 no puede correr más que un Seat Panda, por poner el primer ejemplo que se me ocurre, a pesar de las más que evidentes diferencias en cuanto a fiabilidad y seguridad que hay entre esos dos vehículos. También tenemos que cumplir idéntico límite con nuestro coche recién comprado que tras diez años y 400.000 kilómetros.
¿Qué conclusiones cabe sacar de todo esto? En mi opinión la conclusión es clara: la función de los límites tal y como se entienden ahora no es tanto garantizar nuestra seguridad (¿es seguro un Panda a 120 por una zona de curvas de una carretera?) sino obtener una jugosa recaudación vía multas.
No quiero con esto decir que no deba haber límites, eso me parecería poco viable en un país como España en el que la conciencia cívica no está demasiado extendida, pero sí que pienso que si se toman la tarea de ponerlos deben ser un poco más serios e incluir todos estos factores que son esenciales para la seguridad.
¿Qué eso es muy complicado? Pues sí, pero para eso pagamos a políticos y a funcionarios de élite, ¿no?
02 agosto, 2005
Velocidad, límites y conducción prudente
Posted by Unknown at 4:18 p. m. Menéame
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